Artículo 1. Define como niño a toda persona menor de 18 años., Artículo 2. Todos los niños tienen los mismos derechos sin discriminación., Artículo 3. El bienestar del niño debe ser la prioridad., Artículo 4. Los gobiernos deben garantizar estos derechos., Artículo 5. La familia guía el desarrollo del niño., Artículo 6. Derecho a la vida y al desarrollo integral., Artículo 7. Derecho a un nombre y nacionalidad., Artículo 8. Derecho a conservar su identidad., Artículo 9. Derecho a vivir con su familia., Artículo 10. Derecho a reunirse con familiares., Artículo 11. Protección contra traslados ilegales., Artículo 12. Derecho a expresar opiniones., Artículo 13. Libertad de expresión., Artículo 14. Libertad de pensamiento y religión., Artículo 15. Libertad de asociación y reunión., Artículo 16. Derecho a la privacidad., Artículo 17. Acceso a información adecuada., Artículo 18. Responsabilidad compartida de los padres., Artículo 19. Protección contra violencia y abuso., Artículo 20. Protección especial para niños sin familia., Artículo 21. Garantías en los procesos de adopción., Artículo 22. Protección a niños refugiados., Artículo 23. Derechos de niños con discapacidad., Artículo 24. Derecho a la salud., Artículo 25. Revisión periódica de medidas de protección., Artículo 26. Derecho a la seguridad social., Artículo 27. Derecho a un nivel de vida adecuado., Artículo 28. Derecho a la educación., Artículo 29. Educación para el desarrollo integral., Artículo 30. Derecho a la cultura, idioma y religión propios., Artículo 31. Derecho al descanso, juego y recreación., Artículo 32. Protección contra el trabajo infantil., Artículo 33. Protección contra drogas y sustancias nocivas., Artículo 34. Protección contra explotación sexual., Artículo 35. Protección contra secuestro y trata., Artículo 36. Protección contra cualquier forma de explotación., Artículo 37. Protección contra tortura y tratos crueles., Artículo 38. Protección durante conflictos armados., Artículo 39. Recuperación de víctimas de violencia., Artículo 40. Justicia especializada para adolescentes., Artículo 41. Aplicación de normas más favorables., Artículo 42. Difusión de los derechos de la Convención., Artículo 43. Creación del Comité de los Derechos del Niño., Artículo 44. Informes de los países al Comité., Artículo 45. Colaboración internacional para proteger derechos., Artículo 46. Firma de la Convención., Artículo 47. Ratificación de la Convención., Artículo 48. Adhesión de nuevos Estados., Artículo 49. Entrada en vigor de la Convención., Artículo 50. Procedimiento para realizar enmiendas., Artículo 51. Reservas realizadas por los Estados., Artículo 52. Función del Secretario General de la ONU., Artículo 53. Conservación del texto original., Artículo 54. Idiomas oficiales y autenticidad del tratado.
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