Constitución de 1812: monarquía constitucional, división de poderes relativa (ejecutivo al rey y legislativo a Cortes con el rey), predominio de Cortes unicamerales elegidas por sufragio universal masculino pero indirecto y con diputados a los que se requiere una renta mínima, reconocimiento de las libertades individuales (igualdad jurídica, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión), se reconoce a la católica como religión oficial, Moderados: ideología conservadora, soberanía compartida entre Cortes Bicamerales y Corona, Guardia Civil , amplios derechos del monarca, limitación de los derechos individuales, confesionalidad católica del Estado, política económica proteccionista, sufragio muy censitario, Progesistas: ideología progresista-reformista, sufragio menos censitario, Milicia Nacional, soberanía nacional, predominio de Cortes unicamerales, limitación del poder de la corona, limitación de la influencia de la Iglesia Católica, autonomía municipal, amplios derechos individuales , política económica librecambista, Constitución de 1837: predominio liberal, división de poderes, Soberanía nacional, amplia declaración de libertades individuales , aconfesionalidad del estado, pero haciendo consensos a los moderados, Cortes bicamerales, amplios poderes de la Corona, financiación de la Iglesia Católica por el Estado, Constitución de 1845: reforma de la Constitución de 1837 pero en un sentido exclusivamente moderado, base doctrinal liberal moderada, soberanía conjunta entre Cortes Bicamerales (Congreso electivo, Senado por designación), amplias perrogativas de la coronoa (nombramiento de ministros, disolución de Cortes, sanción de leyes, desginación del senado), derechos individuales que remiten a leyes que tendieron a limitarlos, Sufragio muy censitario , control gubernamental de la prensa, confesionalid Catolica del Estado, Constitución de 1876: nspirada en la de 1845 configura las bases del sistema. soberanía compartida entre Cortes y corona , Amplias prerrogativas de la corona (derecho de voto, potestad legislativa compartida con Cortes bicamerales y nombracion de ministros -poder ejecutivo), Cortes Bicamerales (Congreso de Diputados y Senado), Confensionalidad Catoolica del Estado, amplia declaración de derechos cuya concreción se remite a leyes ordinarias que tendieron a restingirlos,
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