UNILATERALES - La manifestación de voluntad de una sola persona, natural o jurídica., BILATERALES - Son los que precisan del concurso de dos o más voluntades para hacer surgir el acto jurídico., SOLEMNES - Son aquellos para cuya validez la ley les fija una forma predeterminada. También llamados formales., NO SOLEMNES - Son aquellos para los cuales no se requiere de forma determinad., PATRIMONIALES - El contrato general, el testamento, el acto constitutivo de la fundación., EXTRAPATRIMONIALES - La constitución de una asociación, reconocimiento de un hijo, la adopción, matrimonio., ERROR DE HECHO - El error es el agente del acto jurídico al formular su declaración., ERROR DE DERECHO - Falso conocimiento de la ley por parte del agente, siempre que no comprometa una norma de orden público., ERROR SUSTANCIAL - Error profundo y hace anulable el acto., ERROR ACCIDENTAL - El acto no es anulable, sigue siendo válido. También llamado error incidental.,

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